¿Pueden hacerse recuperaciones tras “suspender” una evaluación en la enseñanza obligatoria?

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Sigue habiendo muchas dudas relacionadas con los procesos de evaluar y calificar con el actual ordenamiento jurídico.

Esto es fruto, entre otros factores, de la confusión generada por las continuas modificaciones legislativas y los cambios que se suceden más en el lenguaje técnico que en las prácticas, que en el fondo siguen bastante parecidas a las de hace décadas.

En este texto se pretende hacer un breve repaso en forma de reflexión sobre lo que supone la evaluación como proceso continuo, global, formativo o integrador, según nos encontremos en Primaria o Secundaria, es decir, en las etapas obligatorias, de los seis a los dieciséis años. De forma más concreta, abordamos una de las grandes incógnitas que aún preocupa a muchos docentes, sobre todo de la ESO: ¿pueden hacerse recuperaciones tras una evaluación en la enseñanza obligatoria?

Recordemos, en primer lugar, que una evaluación (primera, segunda o tercera, en nuestro marco legal) recoge un período de aprendizajes que se tendrían que haber trabajado no tanto en lo que hayamos programado a inicios de curso para esos meses, sino tras los ajustes que hayamos tenido que hacer por los resultados de la evaluación inicial, la cantidad de imprevistos y situaciones que surgen o simplemente adaptarnos a las realidades del alumnado, que es una constante en nuestro desempeño.

Eso significa que nuestra labor como docentes se centra, entre otros y en la parte más estrictamente académica, en el despliegue de herramientas y técnicas que nos permitan fijar los grados en los que se adquieren esos aprendizajes (en los llamados instrumentos de evaluación, recordemos).  

Aunque el punto de partida son efectivamente los criterios de evaluación de cada una de nuestras áreas o materias, el logro de todos ellos no debe obsesionarnos, ya que las leyes sobre evaluación recogen claramente que, al final, el horizonte de progreso académico de un estudiante lo marcará la consecución de los objetivos establecidos para la etapa (perfil de salida) y el desarrollo de las competencias correspondientes.

Por lo tanto, si una parte de nuestro alumnado no ha tenido un rendimiento escolar satisfactorio durante, por ejemplo, la primera evaluación, ¿tengo que recuperar esos aprendizajes? ¿Cómo puedo hacerlo? Que quede claro que por supuesto no es necesario que hagamos exámenes de recuperación a inicios del siguiente trimestre. De hecho, el examen será un instrumento válido, como explican Mariana Morales y Juan Fernández en La evaluación formativa (SM, 2022), “en la medida en que podemos inferir lo que ha aprendido en función de lo que ha realizado en la prueba”. Si hay otras formas de inferir o valorar lo que se aprende, por supuesto que es mejor optar por ellas y prescindir del tradicional examen planteado como batería de ejercicios muchas veces con escasa contextualización 

En todo caso, el estudiante que ha tenido unos malos resultados en un trimestre tiene que ser objeto de especial seguimiento a lo largo del período de evaluación siguiente. Ese es el verdadero sentido de los planes de refuerzo (también llamados “de recuperación·): ver mediante qué estrategias de aprendizaje podemos reformular nuestras prácticas para que los estudiantes de rendimiento más escaso puedan superar los objetivos que nos planteemos con ellos (ojo, no los criterios de evaluación, sino los aprendizajes extraídos de estos que nos marcamos como objetivos con ese estudiante concreto). 

Para ello, y a través de diferentes fórmulas de registro (rúbricas, las listas de cotejo, escalas de valoración, registros anecdóticos o descriptivos, etc.), podemos ir obteniendo una fotografía lo más fiel posible sobre si el estudiante avanza o no en esos aprendizajes en los que se ha ido quedando atrás. 

Lo que sí que no tiene sentido es, por ejemplo, hacer un único examen escrito (o dos) de recuperación de todo un trimestre anterior, y mucho menos si el enfoque de este es escasamente competencial.

La norma dice claramente que debe existir la mayor heterogeneidad posible en los productos que se seleccionan para hacer evidente la adquisición de los aprendizajes que queremos que alcancen logren nos parecen fundamentales en el avance de la etapa, sobre todo pensando en el curso siguiente. 

En todo caso, recordemos siempre que la evaluación trimestral que se hace tiene siempre carácter informativo. Representa un diagnóstico parcial en donde lo importante no será tanto que el alumno “suspenda” o “apruebe”, sino qué dificultades ha presentado, cómo las puede solventar y qué progresos ha tenido con respecto a “la foto” anterior. Por ello, será crucial la información clara y concisa que se le ofrezca a las familias y al alumnado en ese sentido. 

Por lo tanto, listar en un informe o boletín de notas un número de, por ejemplo, saberes o criterios no superados, con el fin aparente de «informar», no tiene sentido con las nuevas leyes educativas.

No solo porque es una nomenclatura técnica inaccesible para muchos tutores legales y estudiantes, sino porque lo importante es la planificación de mejora —o plan de recuperación de aprendizajes no adquiridos— que somos capaces de pactar junto al estudiante en cuestión para que, siendo lo más realistas posible, sea capaz de avanzar y, al final, cuando ya tengamos la información completa de todo el curso, estudiemos si ha progresado o no en el grado de desarrollo y adquisición de cada competencia. 

En definitiva, hacer alguna prueba escrita para el alumnado que ha “suspendido” la primera evaluación puede ser posible, claro que sí. Pero para ello tengamos en cuenta: qué objetivos de aprendizaje queremos reformar con ella, si el estudiante los conoce y hemos dialogado con él sobre ello con el fin de que los interiorice, y si el examen no se plantea como batería descontextualizada de preguntas, sino que sus ejercicios parten de una situación competencial que luego pueda desarrollarse en actividades hiladas entre sí.

Ya por último, no se trata tampoco de que el examen acompañe, como plan de recuperación, a una ristra de tareas que no hacen sino desmotivar al estudiante que ya tiene de entrada dificultades, sino que se plantee todo el plan de refuerzo dentro de un conjunto de acciones estructuradas y separadas en el tiempo lo más posible, para que los resultados sean variados:

Desde productos digitales hasta pequeños informes de resultados, investigaciones sobre hechos de su contexto cotidiano, entrevistas, letras de canciones, gráficos, infografías, pósters o sencillos objetos tecnológicos, entre otros muchos. 

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